Tendrán la consideración de beneficiarios todas empresas radicadas en los municipios menores de 50.000 habitantes de la provincia de Jaén, cualquiera que sea su forma jurídica y su sector económico, a excepción de la agricultura, y que hayan obtenido previamente un aval financiero de una Sociedad de Garantía Recíproca con implantación en la provincia de Jaén.

 

Los Beneficiarios deberán haber formalizado un aval financiero con una Sociedad de Garantía Recíproca con implantación en la provincia de Jaén en el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2013 y la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.

 

Información en BOP: https://bop.dipujaen.es/descargarws.dip?fechaBoletin=2016-06-08&numeroEdicto=2697&ejercicioBop=2016&tipo=bop&anioExpedienteEdicto=2016