El B.O.J.A. de hoy ha publicado la Orden de 9 de diciembre de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en concurrencia competitiva, de becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con la cooperación internacional y el fomento de la arquitectura, y se publica la convocatoria para 2015-2016.

 

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a 2 becas de formación, investigación y apoyo en el ámbito de la Cooperación Internacional y el Fomento de la Arquitectura: el objetivo de estas becas es proporcionar la formación y experiencia técnica y laboral necesaria para facilitar la incorporación de jóvenes arquitectas/os al mercado laboral andaluz en un sector, como es la arquitectura, que están pasando un difícil momento.

Las becas se desarrollaran en la Secretaría General de Vivienda, rehabilitación y Arquitectura de la Consejería de Fomento y Vivienda.

- Una beca en la dirección General de rehabilitación y Arquitectura.

- Otra beca en el departamento de Cooperación Internacional de Consejería de Fomento y Vivienda.

 

Requisitos:

a) Ser vecino o haber nacido en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) no haber recibido la sanción de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.

c) Hallarse en la fecha de la presentación de la solicitud en posesión de la titulación oficial exigida que será: Licenciatura, Grado Oficial, Master Oficial o doctorado en arquitectura. Esta titulación debe haberse obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

d) Conocimiento de idiomas: Inglés o francés, a partir del nivel intermedio o equivalente al B2, según el Marco Común europeo de referencia para las Lenguas.

f) no ser o haber sido beneficiario de una beca de formación en el ámbito de la cooperación internacional y del fomento de la arquitectura de la Junta de Andalucía.

 

La cuantía bruta de la dotación de cada beca: 14.040 euros (incluida Seguridad social). Desglose:

- Asignaciones mensuales: 12 mensualidades, a razón de 1.070 euros cada una. (incluída Seguridad social).

- Gastos extraordinarios: 1.200 euros

 

PLAZO DE SOLICITUD:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

  • Inicio del plazo: 16 de diciembre de 2014
  • Fin del plazo: 5 de enero de 2015

 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las solicitudes se presentarán conforme al modelo de formulario que figura como Anexo I en la Orden de 9 de diciembre de 2014, dirigidas a la Consejera de Fomento y Vivienda.

Para su presentación se utilizará cualquiera de los registros recogidos en la Orden, como son:

 

  • La Oficina Virtual de la Consejería de Fomento y Vivienda (en caso de cualquier incidencia durante la tramitación telemática, contactar en el 955 926 800).
  • En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

 

Aquí os dejamos un enlace al formulario de solicitud: ANEXO I: http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda/estaticas/sites/consejeria/areas/cooperacion/documentos/002215D_Anexo_1.pdf

 

Y aquí otro en el que podréis revisar la convocatoria completa: http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2014/243/BOJA14-243-00037-20981-01_00060261.pdf