El objeto de la presente normativa es regular la concesión de subvenciones por parte de la Diputación Provincial de Jaén para el fomento del Empleo Autónomo en los 9 municipios de la provincia de Jaén que cuentan con más de 10.000 habitantes y menos de 20.000, cuya relación se recoge en el artículo 6 de esta normativa.

 

Tendrán la condición de beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas que promuevan proyectos empresariales y que cumplan los siguientes requisitos:

 

a) Haber iniciado una actividad económica con su correspondiente alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda, con fecha de alta a partir del 1 de diciembre de 2012 y anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

 

b) No haber ejercido una actividad económica como autónomo en los tres meses anteriores al alta a la que se refiere el punto a).

 

c) Estar empadronado, con una antigüedad de al menos 3 meses anteriores a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén (BOP) de la presente normativa reguladora, en alguno de los 9 municipios de la provincia de Jaén que se recogen en el artículo 6 de esta normativa.

 

La subvención por beneficiario será de un importe cierto de tres mil euros (3.000 €). Estas subvenciones serán incompatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se puedan conceder a los beneficiarios para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones, entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de cualquier organismo internacional.

 

Más Información: https://bop.dipujaen.es/