Desde el pasado 1 de noviembre las personas becarias ya pueden figurar en las listas de la Seguridad Social, lo que quiere decir que las empresas o entidades que cuenten con becarios/as desde esa fecha, tendrán que darles de alta en la Seguridad Social para que coticen.
Igualmente, las personas que hayan sido becarias antes del 1 de Noviembre, podrán reclamar su período de cotización, pero deben seguir para ello un procedimiento diferente.
No todos los becarios/as podrán acogerse a esta medida ya que para que la persona becaria sea incluida en el sistema de la Seguridad Social, su programa de prácticas debe cumplir una serie de requisitos. Algunos de estos requisitos son:
- Que las prácticas sean remuneradas.
- Que las prácticas se hayan desarrollado en empresas o instituciones públicas o privadas.
- Que la realización de las prácticas no constituya una auténtica relación laboral…
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