Desde la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía se pone en funcionamiento el Programa Extraordinario de Ayudas para el Alquiler de Vivienda, cuyo objetivo es minimizar el impacto económico y social del coronavirus en los hogares de las familias más vulnerables.

 

Presupuesto. Este programa cuenta con un total de 30 millones de euros. Desde el Gobierno central, como una de las medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, Andalucía ha recibido 17,1 millones de euros. Dado que con dicha cuantía sólo se cubrirían las ayudas al alquiler para 4.700 familias, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio aportará un complemento hasta alcanzar los 30 millones de euros y poder atender a unas 8.500 familias.

 

Bases Reguladoras. Actualmente se está trabajando en las bases reguladoras, pero ya se avanza que la convocatoria será totalmente telemática, en concurrencia no competitiva y por la cual se podrá abonar el cien por cien de la renta del alquiler, con un máximo de 900 euros. Esta ayuda se podrá solicitar con carácter retroactivo desde el 1 de abril y durante un periodo de seis meses, hasta el 30 de septiembre, según consta en la Orden Ministerial.

 

Requisitos.

Los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos:

1.- Encontrarse en situación de desempleo.

2.- Estar afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

3.- Ser autónomo con una disminución de los ingresos del 40%.

4.- Se debe estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses y no disponer de vivienda en propiedad.

5.- Los ingresos deben ser menores de tres veces IPREM (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud.

6.- El pago de la renta del alquiler más los suministros básicos (luz, agua, electricidad, gas, comunidad) tiene que ser superior al 35% de los ingresos de la unidad familiar.

 

Para agilizar trámites, se podrá acreditar mediante declaración responsable, pero en el plazo de un mes deberán aportar la documentación acreditativa.

 

Las solicitudes, que se podrán presentar a principios de junio, se resolverán conforme vayan llegando hasta donde alcance el crédito disponible y será necesario tener dada de alta una cuenta bancaria para el ingreso de la ayuda.

 

Próximamente más información en las redes sociales del CIJ Baeza.