El Ministerio del Interior ha aprobado, para el año 2017, las convocatorias de pruebas de selección para vigilante de seguridad, y su especialidad de vigilante de explosivos, y para escolta privado cuya superación habilitará para el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional, con arreglo a la bases, que en Anexo a la resolución se aprueban y publican, y que serán comunes y únicas para cada una de las convocatorias, sin perjuicio de las posibles modificaciones que pudiera sufrir la legislación vigente, en cuyo caso se estaría a lo dispuesto en ellas.

 

Personas destinatarias. Podrán participar en las pruebas, y son destinatarios de las presentes convocatorias, los aspirantes a obtener la habilitación de vigilante de seguridad, vigilante de explosivos y de escolta privado.

 

Requisitos generales para vigilante de seguridad, su especialidad de vigilante de explosivos y para escolta privado. En la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes para participar en cada una de las convocatorias, a que se refiere el punto 2.1 de las presentes, los aspirantes habrán de reunir los siguientes requisitos generales:

  • Ser mayor de edad.
  • Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
  • Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
  • Poseer la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.
  • Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
  • No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
  • No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
  • Poseer diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada.

 

Requisitos específicos. Además de los requisitos generales que se determinan en el apartado anterior, los aspirantes a escolta privado habrán de tener una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres.

 

Plazos de solicitud. Los que para cada convocatoria se indican a continuación:

  • 01/2017: Diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
  • 02/2017: Del 27 de febrero al 8 de marzo de 2017.
  • 03/2017: Del 26 de abril al 5 de mayo de 2017.
  • 04/2017: Del 26 de junio al 5 de julio de 2017.

 

Más información: Resolución de 2 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Seguridad.