Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca Adriano dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación, para el curso escolar 2018-2019.

 

La Beca Adriano tiene la finalidad de atender desde un punto de vista educativo y económico las necesidades del alumnado que no obtenga la condición de beneficiario y quede excluido de la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general para estudios postobligatorios no universitarios del Ministerio competente en materia de educación, por el único motivo de no haber alcanzado la calificación establecida por dicho Ministerio para obtener una beca.

 

Se realiza la convocatoria de la Beca Adriano, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse en la modalidad presencial alguna de las siguientes enseñanzas oficiales en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el curso escolar 2018-2019:

a) Enseñanzas de Bachillerato.

b) Enseñanzas de segundo curso de Grado Medio de Formación Profesional, de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y de las Enseñanzas Deportivas.

c) Enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas.

d) Enseñanzas Artísticas Superiores.

 

(Queda excluido del ámbito de aplicación de esta convocatoria el alumnado que curse enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas).

 

Requisitos y condiciones de las personas beneficiarias

  1. Reunir los requisitos y condiciones para ser persona beneficiaria de la beca de cuantía fija ligada a la renta de la normativa de becas y ayudas al estudio de carácter general para estudios postobligatorios no universitarios del Ministerio competente en materia de educación, a excepción de los referidos a la nota media y a la carga lectiva superada.
  2. Alcanzar una nota media igual o superior a 5 puntos e inferior a la nota mínima que se establezca en la normativa del Ministerio competente en materia de educación, cuando esta se fije por encima de 5 puntos, en el curso o prueba de acceso a las enseñanzas para las que solicita la beca.
  3. Superar la carga lectiva que seguidamente se indica:
  1. -     El alumnado de segundos y posteriores cursos organizados por asignaturas deberá acreditar haber superado todas las asignaturas del curso anterior, con excepción de dos.
  • El alumnado de segundos y posteriores cursos organizados por módulos deberá acreditar haber superado en el curso anterior al menos un número de módulos que suponga el ochenta por ciento de las horas totales de curso en que hubiera estado matriculado.
  • No se concederá la beca a quienes estén repitiendo curso total o parcialmente.
  1. No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel.
  2. No superar los umbrales de renta y patrimonio familiar.

Familias de un miembro: Hasta 3.771 euros.

Familias de dos miembros: Hasta 7.278 euros.

Familias de tres miembros: Hasta 10.606 euros.

Familias de cuatro miembros: Hasta 13.909 euros.

Familias de cinco miembros: Hasta 17.206 euros.

Familias de seis miembros: Hasta 20.430 euros.

Familias de siete miembros: Hasta 23.580 euros.

Familias de ocho miembros: Hasta 26.660 euros.

  1. Estar matriculado del curso completo.

 

Cuantía de la Beca Adriano para el curso escolar 2018-2019

La cuantía de la Beca Adriano a conceder a cada persona beneficiaria queda fijada para el curso escolar 2018-2019 en 1.600 euros.

 

Presentación de solicitudes, plazo y documentación

Presentación: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/apl/becasadriano/

Plazo: Del 15 de diciembre de 2018 al 14 de enero de 2019.